MODALIDADES DE LAS OBLIGACIONES
MODALIDADES DE LAS OBLIGACIONES
Son
elementos variables y accidentales que modifican los efectos normales de las
obligaciones sin alterar su naturaleza, son aquel vínculo legal basado en un
derecho por el cual las personas están obligadas a hacer algo, entregar algo,
realizar un servicio o abstenerse de hacer algo.
Esas
modalidades alteran los efectos de las obligaciones cuestionando la existencia
de los derechos que las avalan, retrasando su práctica o agravando las obligaciones
con otras accesorias. Lo primero es distinguir inicialmente entre obligaciones
puras y modales antes de explicar las modalidades de las obligaciones.
La
definición de obligación es el lazo de derecho entre dos personas, en virtud
del cual el acreedor puede constreñir al deudor sea a pagarle una suma de
dinero o entregarle una cosa, sea a cumplir una prestación que consiste en
hacer una cosa.
·
Obligación Real: En esta obligación el
deudor compromete sólo la cosa objeto de la prestación.
·
Obligación Ordinaria: El deudor compromete todo
su patrimonio, no una cosa en específico.
·
Obligación Patrimonial: Son aquellas que atentan
contra el patrimonio o el derecho pecuniario de una persona.
·
Obligación Extrapatrimonial: Estas podrían ser
susceptibles de evaluarse pecuniariamente.
·
Obligaciones Morales: Son aquellas que cumplimos
con un deber de conciencia, las mismas no están establecidas en la ley.
·
Obligaciones Jurídicas: Son las que están sancionadas
por la ley y si no se cumplen, la
persona compromete su responsabilidad.
·
Obligaciones Civiles: Estas son susceptibles de
constreñimiento, si el deudor no cumple puede ser perseguido por todas las vías
de derecho.
·
Obligaciones Naturales: Solo pueden ser cumplidas
voluntariamente. Por ejemplo, un padre que mantenga a su hijo aún después de la
mayoría de edad.
·
Obligaciones de Medio: El deudor debe observar la
prudencia y diligencia necesaria para obtener el resultado de lo debido.
·
Obligaciones de Resultados: Esta consiste en que el
deudor está obligado a obtener un resultado determinado.
·
Obligaciones de Dar: El deudor está obligado a
entregar la cosa y también a transferir el derecho de propiedad del acreedor.
·
Obligaciones de hacer o no hacer: El
deudor se obliga a realizar o no un hecho a favor del acreedor.
·
Obligaciones a término fijo: En esta obligación
no puede reclamarse antes del vencimiento del término.
·
Obligaciones alternativas: Con ésta el deudor puede
liberarse, entregando una de las cosas prometidas.
·
Obligaciones Solidarias: Son aquellas mediante la
cual varias personas se comprometen a pagar la misma deuda de manera solidaria.
C O N C L U S I Ó N
Las
obligaciones no son más que meros mecanismos de intercambio entre las partes
para satisfacer sus necesidades que de algún u otro modo no podrían satisfacer
de forma individual creando así relaciones jurídicas que el Estado ha tenido
que regular para evitar conflictos con respecto a las obligaciones que las
partes voluntariamente han pactado.
Además,
las obligaciones pueden ser transferidas, pero no modificables en la prestación
que tienen las partes, pero si en los sujetos de la relación jurídica.
Entonces
en términos generales y para finalizar, las obligaciones son mecanismos que
coadyuvan a la satisfacción de los intereses de los sujetos inmersos en la
relación jurídica patrimonial.
B I B L I O G R A F Í A
Autor, U. (2021). Ejemplos de Obligaciones
Civiles y Obligaciones Naturales. Ejemplos.co. Retrieved 25 Noviembre 2021, con
https://www.ejemplos.co/10-ejemplos-de-obligaciones-civiles-y-obligaciones-naturales/
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